En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la parte Co-demandada Abogada Edelmira Astudillo, en representación de la empresa Producciones Sol C.A. SEGUNDO: SE ANULA LA DECISIÓN RECURRIDA de fecha 24 de Mayo de 2007, proveniente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia se declara IMPROCEDENTE la demanda intentada por el ciudadano Jose Daniel Ruiz Blanco por Calificación de Despido en contra de las Empresas Producciones Sol C.A, Prosol ETT C.A, Nutripet Andina, C.A, Nutripet, Alimentos Empresas Polar Alimentos Procrea C.A y Refinadora de Maíz Venezolana, C.A REMAVENCA.