Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por la representación Judicial de la parte demandada. Segundo: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el auto recurrido de fecha trece (13) de febrero de 2007 emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Tercero: Se declara improcedente la solicitud de reposición de la causa al estado de que se de por concluida la Audiencia Preliminar en el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo y comience a correr el lapso para la contestación de la demanda en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano Rufino Castro Bandes contra In.....