En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada. Segundo: SE REVOCA la decisión recurrida de fecha 20 de junio de 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua. Tercero: Se repone la causa al estado de que el Juzgado a quo dentro de los tres días siguientes al recibo del presente expediente fije oportunidad para la celebración de una nueva audiencia preliminar en el presente juicio, sin notificación de las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgán.....