Vista la incomparecencia de la parte demandante en el presente juicio, ciudadano RODRIGUEZ LAYA EDWARD SMICK, Titular de la Cédula de Identidad Personal Nº V- 20.089.818, de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado DECLARO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y LA TERMINACION DEL PROCESO.