Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA DE COSA JUZGADA alegada por la demandada y SIN LUGAR la demanda incoada por BELKIS ERMINIA MORGADO.