PRIMERO: Se declara COMPETENTE para el conocimiento del presente asunto.
SEGUNDO: Se HOMOLOGA el desistimiento de la demanda por ACCIONES Y CONTROVERSIAS ENTRE PARTICULARES RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD AGRARIA, interpuesta por la sociedad mercantil denominada "INVERMAI GLOBAL C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 26 de noviembre de 2018, bajo el Número 33, Tomo 64-A RM 445, con Registro de Información Fiscal (RIF) J-412205099, con domicilio en Carrera 15, Quinta Esperanza Nro. 14-48, Urbanización Francisco de Miranda, de Táriba, estado Táchira, y Avenida Las Industrias, al lado de Ceramihogar, de Valle de la Pascua, estado Guárico, representados por sus apoderados judiciales CÉLIDA RAMÍREZ GÓMEZ y VICTOR MANUEL LEGUIZA FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo los Nros. 45.152 y 315.700, respectivamente, en contra del ciudadano JUAN EDUARDO PARRAG.....