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viernes, 05 de octubre de 2007
RESOLUCION Nº 002-07
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

RECTORIA CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO



197º Y 148º





RESOLUCION Nº 002-07





La Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, representada por el Dr. Guillermo Blanco, portador de la Cédula de Identidad Nº 6.488.545, designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, el día 23 de agosto de 2004, en uso de sus atribuciones.

CONSIDERANDO

Que en fecha cuatro (04) de octubre de 2007, esta Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, dictó resolución Nº 001- 07, resolvió no dar despacho en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente desde el diecisiete (17) de septiembre de 2007 hasta el veintiséis (26) de octubre de 2007, ambas fechas inclusive.

CONSIDERANDO

Que en virtud, de que el lapso supra señalado no es suficiente para complementar el proceso de remodelación de la sede del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente y su adecuación al Nuevo Modelo Organizacional Juris 2000.

CONSIDERANDO

Que la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en atención al interés de la comunidad guariqueña y en aras de resguardar y garantizar la Tutela Judicial Efectiva, y por ende el cumplimiento de los mandatos Constitucionales de una justicia accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, expedita y en interés superior del niño y del adolescente.

RESUELVE



PRIMERO: Dejar sin efecto Resolución Nº 001-07, de fecha 04 de octubre de 2007, publicada en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia y en el Diario El Nacionalista de esta ciudad de San Juan de los Morros.

SEGUNDO: Que a partir del día lunes 8 de octubre de 2007, se apertura el despacho en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, obviando la implementación del Nuevo Modelo Organizacional y del Sistema de Gestión Juris 2000, por tratarse de una materia especial como lo es la de Niños y Adolescentes, para así seguir brindando un servicio eficaz y eficiente a todos los Justiciables de esta Región.

TERCERO: El despacho será en el horario comprendido de 8:30 a.m. hasta las 3:30 p.m., de lunes a viernes



Dada, firmada y sellada en la Rectoría Judicial del Estado Guarico, a los cinco (05) días del mes de octubre del año dos mil siete (2007).

Comuníquese y publíquese.















Dr. Guillermo Blanco V.

Juez Rector Civil de la Circunscripción Judicial

del Estado Guárico.

 
Fecha de Publicación:
  05/10/2007
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