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En consecuencia, y por todo lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El Socorro y Santa María de Ipire del Estado Guárico, de fecha 24 de Septiembre del 2015, y así se resuelve.
SEGUNDO: Se CONFIRMA, con criterio jurídico diferente, la Sentencia definitiva dictada por el referido Juzgado, de fecha de fecha 24 de Septiembre del 2015, cursante a los folios 129 al 141, y así se decide.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL DE PERMUTA, interpuesto por el ciudadano HECTOR LUIS PESCADOR GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.391.2.....