Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada YASMINI BASTARDO VICUÑA, inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 52.892, apoderada judicial de la parte actora; en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 13 de Noviembre del año 2018. En consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.-