Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en función constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: HOMOLOGACION EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, EJERCIDO POR EL ACCIONANTE, JAVIER ANTONIO FLORES ACERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.153.727, domiciliada en la Calle Sucre- Final, Casa S/N. Tucupido, Municipio Ribas, Estado Guárico, en contra del supuesto Agraviante Destacamento N° 28, de LA GUARDIA NACIONAL, COMANDO DE VALLE DE LA PASCUA, Estado Guárico, en razón de que no se está violentando otros derechos de orden público Constitucional, y con fundamento en el Articulo 25 Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en armonía con la Sentencia de la sala Constitucional, .....