, a los fines de dar por terminada la presente controversia judicial, que origino la medida de Embargo Preventivo, de mutuo acuerdo. Los demandados: JULIO PAREDES Y NATHALIE JOSEFINA POLACHINI CHILIBERTY, le proponen en este acto cancelar la totalidad de la obligación, en dinero efectivo, el monto adeudado que alcanza la cantidad de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES (28.660,00), suma esta que comprende el capital adeudado, los intereses, el derecho de comisión, mas las costas y costos del proceso, calculadas por el comitente, a la parte actora, representada por el abogado CESAR CORDOVA CASTILLO endosatario en procuración del ciudadano: JOSE GARCIA PERALTA, ambos presente en este acto, quienes seguidamente exponen: Vista la oferta de pago que nos han hecho los demandados de autos