Por las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Declara:” CON LUGAR” la presente demanda por DESALOJO interpuesta por el ciudadano MARTIN JUVENAL HERNANDEZ CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad N°. 2.210.553, en su carácter de propietario del inmueble ubicado en la calle Carabobo N°. 3, de esta ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, contra la ciudadana LILIANA COROMOTO ACOSTA, titular de la cédula de identidad N°. 10.667.378 arrendataria del inmueble, y Condena a la parte demandada a entregar el inmueble desocupado de bienes y personas al demandante, ciudadano MARTIN JUVENAL HERNANDEZ CARRASQUEL, en forma inmediata. Asimismo se le Condena en costas a la demandada. Todo de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. De conformidad con el Artículo 251 del Código de P.....