Se declaró con lugar la inhibición formulada por la juez suplente de control N° 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Abg. Daysy Caro, para separarse del conocimiento del asunto N° JP01-P-2004-000056, que se sigue contra los ciudadanos JUAN JOSÉ MILANO, ROMÁN DE JESÚS MARTÍNEZ MORO, CARIDAD JOSEFINA POLANCO TORREALBA Y ANGEL ALEXANDER SILVA ESCALA. Todo de conformidad con el artículo 86 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal.