Visto el escrito presentado en esta misma fecha por el abogado Adolfo Julio Molina Brizuela, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.058.718, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 86.354, actuando como apoderado judicial del ciudadano Carlos Odoardo Albornoz Castro, mediante el cual expone: "...actuando de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 160 y 170, respectivamente, de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, concatenados con el artículo 434, del Código de Procedimiento Civil, como complemento y alcance de las documentales promovidas mediante escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 24 de mayo de 2.018; en nombre de mi patrocinado procedo a promover la siguiente documental: DOCUMENTO DE PROPIEDAD PRIVADA...". En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el escrito y anexo al expediente con el cual se relaciona.
LA JUEZA,
DRA. YSABEL ESTRELLA MASABE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LITZY PAD.....