DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Control Tres del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, efectúa el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se ordena la continuación de la investigación bajo las reglas del procedimiento ordinario, hasta el total esclarecimiento de los hechos aquí investigados, todo conforme lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD en contra de los imputados ASDRUBAL ALEXANDER LAYA VEROES y PITTER ALINSON VIVAS VILLARROEL, de las previstas en los ordinales 3º, 4º y 6º del artículo 256 del código que regula la materia, consistentes en Presentaciones periódicas cada Tres (3) días ante el Comando de la Zona Policial N° 1 de este Estado, quienes deberán info.....