En virtud de lo cual con fuerza en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela NEGAR LA SOLICITUD DE DESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta FRANCIA HEROÍNA SILVA MUÑOZ, ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en esta ciudad, de fecha 21 de Febrero del presente año, en contra CHRISTIAN EDUARDO VACCARO TUSA y en consecuencia ordenar proseguir con la investigación, todo de conformidad con los artículos 300, 301 y 302 todos del Código Orgánico Procesal Penal.