Se da por concluido el presente Asunto, visto que el ciudadano José Rafael Briceño Salazar, titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-8.252.342, ha cumplido la pena que le fue impuesta, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a las Oficinas donde esté bajo Régimen de Pruebas y Presentaciones. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de la exclusión del sistema de los penados, solo por esta causa