En tal sentido, de acuerdo a lo antes expuesto, con relación a lo que es una partición, considera este Tribunal, que en el presente caso, no se han partido en su totalidad los bienes de la comunidad conyugal, toda vez, que existen bienes, como por el ejemplo, la casa ubicada en la Avenida Los Pinos de la Urbanización El Paraíso, que siguen perteneciendo a la comunidad conyugal, motivo por el cual, este Tribunal, niega la homologación de la partición de bienes de la comunidad conyugal solicitada por JESÚS ANTONIO MARTÍNEZ ARELLANO Y DAMARIS ESTHER SALAZAR JIMÉNEZ, y así se decide