DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la continuación del presente asunto bajo las normas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD al ciudadano JOSÉ RAFAEL NOGUERA HERNÁNDEZ, ampliamente identificado en autos, consistente en presentaciones periódicas cada Treinta (30) días ante el Registro Civil del Municipio José Tadeo Monagas, Altagracia de Orituco, Estado Guárico, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo proveniente del Hurto, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, de conformidad con el ord.....