En tal sentido, SE LE ADVIERTE al abogado en ejercicio ROMULO HERRERA que de repetirse dicha falta, de seguir proponiendo solicitudes manifiestamente improcedentes, que solo retardan el proceso y entorpecen la buena marcha de la administración de justicia, se oficiará lo conducente al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados, La Fiscalía del Ministerio Público, la Rectoría del Estado Guárico y el Tribunal Supremo de Justicia, a los fines legales consiguientes. Asimismo, se impondrán los correctivos disciplinarios y sanciones a que haya lugar. Cúmplase y téngase como APERCIBIDO al Abogado Rómulo Herrera, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Calabozo, titular de la Cédula de Identidad número 11.796.044 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.299. Líbresele boleta de apercibimiento.- CUMPLASE.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. A tales efectos se autoriza al Alguacil de este Tribunal para la elaboración de las copias y suscriba las mismas conjuntamente con.....