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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, ACTUANDO EN SU COMPETENCIA CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 767 del Código Civil y 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA seguido por la ciudadana JAHZEEL YEIKARY RAMIREZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.741.797, contra los ciudadanos YOMIRA DEL VALLE MUÑOZ DE ARMAS y JUAN DE JESUS ARMAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.802.863 y V-8.796.074, y así se decide.
SEGUNDO: En consecuenci.....