En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte Superior Primera del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana LUISIANA RIOS PAIVA, titular de la cédula de identidad N° 11.048.953, debidamente asistida de abogado, contra el auto dictado por la Juez Unipersonal N° 14 de la Sala de Juicio de éste Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 16/01/2008, en el expediente signado con el N° AH51-X-2007-000847, el cual SE CONFIRMA por todas las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión las cuales se dan por reproducidas íntegramente en esta dispositiva.