Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte excepcionada – reconvincente y recurrente en el presente proceso Ciudadana NANCY COROMOTO RODRIGUEZ DE DUARTE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-7.294.740. Se declaran en consecuencia sin lugar las solicitudes de reposición de la causa fundamentadas en supuestas violaciones al debido proceso y al derecho de defensa y sin lugar la solicitud de perención de la instancia planteadas ante la instancia aquo. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 28 de abril de 2014, que declara improcede.....