DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida al ciudadano RONNIS ALBERTO BEROES PÉREZ, ampliamente identificado, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415, del Código Penal vigente para la fecha de los hechos. SEGUNDO: Se decreta el cese de las medidas cautelares acordadas al prenombrado ciudadano. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48, ordinal 7° y 318, ordinal 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido. Líbrese oficio al Cuerpo de Investig.....