En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la codemandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado 1° de Primera Instancia de Juicio de este circuito Judicial, de fecha 04.07.2006. Segundo: Se imparte la probación, y, por ende se homologa la transacción y el desistimiento del ciudadano Giovanny Ceballos, y da por terminado el presente asunto, en cuanto a dicho demandante. Así se decide. Tercero: Respecto al ciudadano Alexander Miranda, se declara homologada la transacción realizada por ante el Notario Público Segundo del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 15 de noviembre de 2005, y en consecuencia, se da por terminado el presente expediente y se ordena su archivo. Así.....