En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el Recurso de Apelación. SEGUNDO: Sin Lugar la defensa de fondo de Prescripción. TERCERO: Sin Lugar La defensa de fondo de Cosa Juzgada. CUARTO: Parcialmente con lugar la demanda