Medida de Protección a favor del ciudadano ANGEL FRANCISCO MARQUEZ, de conformidad a lo establecido en los artículos 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 23 y 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Para lo cual ordena oficiar al Comandante de la Zona Policial N° 03 de esta ciudad, en el sentido de que se comisiona ampliamente a los fines de que gire las instrucciones pertinentes para brindarles protección a este ciudadano y a sus familiares y les resguarde su integridad física y moral.