En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, y de acuerdo a las normas legales anteriormente transcritas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda lo solicitado por la parte actora, y en consecuencia, RATIFICA la Medida de Secuestro decretada en auto de fecha 02 de Noviembre del 2.010, el cual riela a los folios 15 al 17 del Cuaderno de Medidas, sobre los siguientes bienes: 1) Una Máquina tipo TRACTOR, Marca: Jhon Deere; Serial: 213SA269577L; Motor: 4239DL-01-329039CD; Stock: 390; 2) Una Rastra, Universal; Modelo: TR-20X24; Serial: 15601; Stock: 1; y 3) Una Abonadora, Flora; Modelo: Vicon 500; Serial 36175; Stock: 196. Se ordena librar nuevo Despacho de Comisión, en los mismos términos que el anterior, y remitirlo al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes d.....