DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Fundo San Jerónimo", ubicado en el sector La Romereña, parroquia Guardatinajas, municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de sesenta y cinco hectáreas con cinco mil setecientos sesenta metros cuadrados (65 has con 5760 mts2), alinderado de la siguiente manera Norte: Terreno ocupado por Parcela 24 B, Sur: Terrenos ocupados por Pacerlas 25 y 26, Este; Terrenos ocupados por Parcelas 24 B y 25 y Oeste: Carretera vía Monte Oscuro Guardatinajas, a favor de la ciudadana: MENLY HORTENCIA ELENA MART.....