Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA como UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano OMAR JOSE MORELES INFANTE, quien en vida era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.616.213 y quien fallece 26 de octubre de 2016, a la ciudadana CARMEN BEATRIZ NARANJO DE MORALES y sus hijas ciudadanas: OMAIRA BEATRIZ, OMAIRA LUDMILA, OMAIRA MARISOL y OMAIRA ALEJANDRA MORALES NARANJO, venezolana, mayores de edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-4.347.629, Nº V-10.344.140, V-11.367.813, V-12.811.541 y V-13.820.610, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros, conforme a lo señalado en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Expídanse co.....