Decreta Sobreseimiento Provisional del asunto al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, natural de San Juan de los Morros Estado Guárico, en fecha 15/05/1986, hijo de Pedro Almeida y Yaneth de Almeida, titular de la cédula de Identidad N° V-17.271.120, residenciado en Urbanización Los Telegrafistas, calle Lic. Sanoja, Casa N°. 35, San Juan de los Morros Estado Guárico, Todo de conformidad con lo establecido en el literal ¿e¿ del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.