Se publicó y registró decisión en la que se decretó.1) Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, contra el adolescente, delito de Coautor de Robo Agravado, Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público 2) Se acuerda la ADMISION DE LOS HECHOS realizada por el adolescente acusado, por ser procedente y por haber sido formulada libre de apremio y coacción. 3) Se impone la sanción establecida en el Literales "d" del Artículo 620 L.O.P.N.A, libertad asistida. por un lapso de un (01) año y cuatro (04) meses, luego de la rebaja respectiva, bebiendo presentarse una (01) vez al mes, por ante el Consejo de Protección del Niño y del adolescente Valencia, Estado Carabobo, por ser su lugar de residencia 4) Se Ordena dejar sin efecto la Medida Cautelar sustitutiva de libertad impuesta al adolescente. 5) Se ordena remitir la presente causa en su oportunidad legal al Tribunal Único de Ejecución de esta sección penal.