IV
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por el abogado Regulo José Carrizalez Alvarado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.990.286, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 94.277, representando judicialmente a la parte demandada la ciudadana María Emma Licavoli de Firmani, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.627.670 en su condición de apelante.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de mayo de 2.014, contra la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del .....