Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 01 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA LIBERTAD PLENA del Ciudadano CARLOS ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 16.182.486, actualmente recluido en el Internado Judicial Penal Tocaron, Estado Aragua por cumplimiento definitivo de pena, en lo que respecta a la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, el Ciudadano CARLOS ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, deberá cumplir con la obligación de dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a estos a los fines de dar cumplimiento a la mencionada pena accesoria, hasta el día 31-07-2007, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Código Penal. Cítese al penado a los fines de su notificación. Notifíquese igualmente a su defensor y al Fiscal Noveno de Ejecución del Ministerio Público del Estado Guárico......