Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, Ciudadana MARIA VERONICA ROJAS TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.165.735, con domicilio en la ciudad de Calabozo, estado Guárico. Se CONFIRMA, el fallo de la recurrida Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, de fecha 02 de Febrero de 2017. Se NIEGAN las medidas cautelares nominadas e innominadas solicitadas y así se establece.
SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el articulo 281 del Código de Procedimiento Civil, y así se estab.....