D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA TESTIGO, solicitada por la Representante del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas a favor de la ciudadana KHAROL ELIK IZQUIERDO ORTEGA titular de la cedula de identidad Nº V-13.643.096, y su grupo familiar y en efecto, ORDENA UN RECORRIDO POLICIAL CONSTANTE DURANTE EL TIEMPO QUE DURE EL PROCESO y MAS TRES (3) MESES DESPUES DE FINALIZADO EL MISMO en el sector donde reside la misma y su grupo familiar en la siguiente dirección: AVENIDA SUCRE, ENTRADA DEL SECTOR FEDERICO QUIROZ, CASA NUMERO 12, PARROQUIA CATIA, MUNICIPIO LIBERTADOR, DISTRITO CAPITAL CARACAS, TELEFONO DE UBICACIÓN 0424-215-49-59, a t.....