Vista y Firme la decisión dictada en fecha 19-11-2.009, por el Juzgado Segundo de Juicio del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, y confirmada en fecha 25-02-2.010, por la Corte de Apelaciones del estado Guárico, donde fue CONDENADO el penado: MIGUEL ANTONIO ARVELO ISTURIZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 5.404.603, con fecha de nacimiento el 29/09/1955, mayor de edad, natural de Ocumare del Tuy Estado Miranda, hijo de Jorge Arvelo (f), Maximina Isturiz (f), con residencia en Urb. Camoruco, Altagracia de Orituco, calle 14 casa sin numero, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de José Francisco Abad. Se observa que el penado: MIGUEL ANTONIO ARVELO ISTURIZ, fue condenado a cumplir la pena de DOCE .....