Es por las razones anteriormente expuestas que este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: OTORGAR el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado JORGE LUIS LOPEZ ARZOLA, ampliamente identificado al inicio, en virtud del cumplimiento de los requisitos que prevé el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.