de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por remisión expresa del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, la Homologación del Desistimiento planteado por el demandante, ciudadano ALEXIS JOSE OLIVO ROJAS, supra identificado, en el presente asunto, dándole efecto de cosa juzgada y declarando extinguido el presente proceso