este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda propuesta por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA ELITE C.A., en contra de los ciudadanos LEONEL ERNESTO OMAÑA CONTRERAS y MORELIA DE JESUS CONTRERAS DE OMAÑA.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y UNO CENTIMOS (Bs. 16.615.976,91), actualmente equivalentes a DIECISEIS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS BOLIVARES (FUERTES) (BsF. 16.616,00), por concepto de cuotas de condominio insolutas desde el mes de julio de 2001 hasta el mes de mayo de 2008.
TERCERO: Se ordena la indexación de las cantidades aquí demandadas, la cual será calculada mediante experticia complementaria al fal.....