Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia civil administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Se declara con lugar la acción de desalojo interpuesta por la profesional del derecho María Antonia González Espinoza, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Cosmo Quarto, contra el ciudadano Pedro Ramón Barrios Mendoza.