Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara SIN LUGAR, la demanda que por DESALOJO POR FALTA DE PAGO, intentó la ciudadana DORA COLUMBA SEIJAS FLORES, plenamente identificada en autos, contra el ciudadano CARLOS ORTEGA ORTUÑO, asistido por el Abogado LUIS RAMÓN ORTEGA ORTUÑO, plenamente identificados en autos se declara la EXISTENCIA DE UN LITIS CONSORCIO NECESARIO ACTIVO.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en este procedimiento, conforme a lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el Archivo del Despacho.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho, de este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMAN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCION.....