Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente. Segundo: Se confirma en toda y cada una de sus partes la sentencia recurrida de fecha 10 de julio de 2008 emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción judicial.