En base a la solicitud planteada, así como tomando en cuenta el petitorio del actor en su libelo y lo resuelto por este tribunal en la sentencia dictada y objeto de solicitud de ampliación, se concluye que la resolución definitiva tomada por este juzgado esta en total sintonía con la norma contenida en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, es decir se dictó decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida, por lo que este juzgado considera que no existe necesidad de complementar la sentencia definitiva, por cuanto la finalidad de la ampliación de la decisión es precisamente salvar omisiones esenciales o completar una exigencia legal sin modificación del fallo. En este sentido se debe observar que este órgano jurisdiccional declaró con lugar la acción de nulidad de acta de asamblea tal y como lo solicitó la parte actora en su libelo, por lo que ampliar la sentencia mas allá de los puntos que no forman parte de la pretensión o que no forman parte de .....