Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano ELÍAS RAMÓN OJEDA BRIZUELA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.797.466, de este domicilio, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de propiedad municipal, ubicado en el Barrio la Trinidad, Carrera 4, entre Calles 4 y 5, Casa Nº 4-143, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, constante de un área de terreno de QUINIENTOS ONCE METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (511,70 M2), con los siguientes linderos: NORTE: Isabel Marchena en (35.20 mts); SUR: Paula Suárez en (34.70 mts); ESTE: María de Colina en (14.00 mts); .....