DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se Declara Desistida la Acción ejercida por el ciudadano TEODORO CARRERO NOGUERA en contra de los ciudadanos PASCUAL GIORGIO MOSCHELLA y VICTTORIA PATRIZIA MOSCHELLA, identificados anteriormente, por la presunta comisión de los delitos Difamación e Injuria y Daños a la Propiedad, previstos y sancionados en los artículos 444 y 473 del Código Penal Vigente, de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se condena al querellante al pago de la Costas que haya ocasionado, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 416 ejusdem.
TERCERO: Se le impone al accionante la Sanc.....