Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados JUAN CARLOS SASTOQUE y JUAN CARLOS GARCÍA ARENAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 93.549 y 95.240, respectivamente, apoderados judiciales de la ciudadana LUISA JOANNY BERNAL RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.875.603, contra la Fundación del Transporte Popular del Estado Miranda (FUNTRAPEM), por diferencia de prestaciones sociales. En consecuencia, a los fines de determinar su monto se ordena realizar Experticia Complementaria del Fallo de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, la cual será practicada por un (01) solo experto contable, designado por el Tribunal al tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquel en el cual el presente fallo qued.....