PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de desalojo intentada por la parte Actora Ciudadanas MARIA FERNANDA MARTINEZ y LIGIA M. BENITEZ, abogadas, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 125.355 y 24.403 respectivamente, actuando en nombre y representación de BANESCO Banco Universal C.A., , solvente de los pagos de los servicios públicos de luz, agua, aseo urbano y teléfono. Se ordena al Tribunal Ejecutor, en ejecución del fallo, la entrega de la cantidad de los cánones de arrendamiento demandados, consignados por el reo, a favor de la Actora desde el mes de enero de 2004 hasta el mes de mayo de 2009, por un monto total de TRECE MIL BOLÍVARES (Bs. 13.000,oo), debiendo reintegrarse al reo, el monto restante de lo consignado. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 28 de julio de 2009, aunque con .....