DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le otorga a al penada LARA TORREALBA DORIS ELOISA, titular de la cédula de identidad N° V-15.710.931, mayor de edad, residenciada en el Barrio Valle Verde , Calle Uniòn Casa Nª 14 de esta ciudad de San Juan de Los Morros EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, conmutándole el resto de la pena que le falta por cumplir de la siguiente manera: hasta el 12-05-2.010, a las 12:00 PM , fecha en la que se le decretará su Libertad Plena, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Texto Fundamental, en relación con el 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 52 y 53 del Código Penal Venezolano, la cual deberá cumplir residencia de la ciudadana REINA .....