DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO del presente Asunto seguido en contra del ciudadano MANUEL ELIGIO VELASQUEZ ZAMORA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 14.056.073, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 219 (hoy 218) del Código Penal vigente para el momento de ocurrir el hecho, en virtud de la EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 108.5 del Código Penal.-